LA COMISIÓN ELECTORAL PERMANEMTE
INVITA
A TODA LA COLECTIVIDAD DE LOMA LINDA A PARTICIPAR EN LA POSTULACIÓN DE LOS VOCEROS Y VOCERAS DEL CONSEJO COMUNAL
PARA POSTULARSE SE DEBE CUMPLIR LOS REQUISITOS MÍNIMOS EXIGIDOS POR LA LEY DE CONSEJO COMUNALES
Artículo 15. Para postularse como vocero o vocera del consejo comunal ..... se requiere:
1. Ser venezolano o venezolana, extranjero o extranjera residente, habitante de
la comunidad con al menos un año de residencia en la misma, salvo en los
casos de comunidades recién constituidas.
2. Presentación de la carta de postulación o manifestación de voluntad por
escrito, identificando nombre, apellido y cédula de identidad.
3. Ser mayor de quince años.
4. Estar inscrito en el registro electoral de la comunidad.
5. De reconocida solvencia moral y honorabilidad.
6. Tener capacidad de trabajo colectivo con disposición y tiempo para el trabajo
comunitario.
7. Espíritu unitario y compromiso con los intereses de la comunidad.
8. No poseer parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo
grado de afinidad con los demás voceros o voceras integrantes de la Unidad
Administrativa y Financiera Comunitaria y de la Unidad de Contraloría
Social que conforman el consejo comunal, salvo las comunidades de áreas
rurales y comunidades indígenas.
Adicional a estos requisitos de ley hay que estar censados, e inscrito en el registro electoral permanente llevar copiade la cedula y llenar planilla de postulacion
la comision estara entregando la planilla de postulacion y recibiendola desde el dia lunes 10/05/2001 hasta el 14/05/2010 desde las 6 pm hasta las 8; pm en la sede del poder popular ubicada en el parque infantil de loma linda calle mariño
INVITA
A TODA LA COLECTIVIDAD DE LOMA LINDA A PARTICIPAR EN LA POSTULACIÓN DE LOS VOCEROS Y VOCERAS DEL CONSEJO COMUNAL
PARA POSTULARSE SE DEBE CUMPLIR LOS REQUISITOS MÍNIMOS EXIGIDOS POR LA LEY DE CONSEJO COMUNALES
Artículo 15. Para postularse como vocero o vocera del consejo comunal ..... se requiere:
1. Ser venezolano o venezolana, extranjero o extranjera residente, habitante de
la comunidad con al menos un año de residencia en la misma, salvo en los
casos de comunidades recién constituidas.
2. Presentación de la carta de postulación o manifestación de voluntad por
escrito, identificando nombre, apellido y cédula de identidad.
3. Ser mayor de quince años.
4. Estar inscrito en el registro electoral de la comunidad.
5. De reconocida solvencia moral y honorabilidad.
6. Tener capacidad de trabajo colectivo con disposición y tiempo para el trabajo
comunitario.
7. Espíritu unitario y compromiso con los intereses de la comunidad.
8. No poseer parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo
grado de afinidad con los demás voceros o voceras integrantes de la Unidad
Administrativa y Financiera Comunitaria y de la Unidad de Contraloría
Social que conforman el consejo comunal, salvo las comunidades de áreas
rurales y comunidades indígenas.
Adicional a estos requisitos de ley hay que estar censados, e inscrito en el registro electoral permanente llevar copiade la cedula y llenar planilla de postulacion
la comision estara entregando la planilla de postulacion y recibiendola desde el dia lunes 10/05/2001 hasta el 14/05/2010 desde las 6 pm hasta las 8; pm en la sede del poder popular ubicada en el parque infantil de loma linda calle mariño
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